sábado, 31 de julio de 2010

La caridad mueve a la justicia


Ahora que se ha cumplido un año de la encíclica “Caritas in veritate”, cabe subrayar alguno de sus temas más importantes. Uno de ellos es la estrecha relación entre la caridad y la justicia.

En primer lugar, la caridad. La caridad no es sólo dar un poco de dinero o de tiempo, ropa usada, o palabras de consuelo. Es la principal de las actitudes cristianas, que todo lo envuelve y engrandece. Y en relación con la justicia, “el amor –‘caritas’– es una fuerza extraordinaria, que mueve a las personas a comprometerse con valentía y generosidad en el campo de la justicia y de la paz”.

Si esto es así, entonces deberíamos preguntarnos –especialmente los cristianos, que conocemos que “Dios es amor” (1 Jn 4, 8 y 16)–: ¿cómo es posible que no nos comprometamos más en estos campos? Y la respuesta sólo puede ser: es que no amamos bien –“de manera auténtica”, según la encíclica–, o no amamos suficientemente. Pero este amor nuestro imperfecto y limitado puede ser purificado por Cristo, si llegamos a conocerle e identificarnos con Él.

En segundo lugar, “La caridad va más allá de la justicia –continúa el texto–, porque amar es dar, ofrecer de lo ‘mío’ al otro; pero nunca carece de justicia, la cual lleva a dar al otro lo que es ‘suyo’, lo que le corresponde en virtud de su ser y de su obrar”.
En efecto. De por sí, la justicia como virtud humana no lleva a dar “lo mío” al otro. Esto es propio de la caridad o del amor. Ahora bien –continúa el documento–‘ “no puedo ‘dar’ al otro de lo mío sin haberle dado en primer lugar lo que en justicia le corresponde”. Antes de dar “lo mío” tengo que reconocer “lo suyo” y dárselo. Por eso “quien ama con caridad a los demás, es ante todo justo con ellos”. En definitiva, “no basta decir que la justicia no es extraña a la caridad, que no es una vía alternativa o paralela a la caridad: la justicia es ‘inseparable de la caridad’, intrínseca a ella”.

De aquí deduce el texto que la justicia es ya una primera forma, un primer camino para la caridad; una parte integrante y necesaria de la caridad; su “medida mínima” (Pablo VI), pues el amor debe ser “con obras y según la verdad” (1 Jn 3, 18).

Así que la caridad exige la justicia, por un lado. Por otro lado, “la caridad supera la justicia y la completa siguiendo la lógica de la entrega y el perdón” (Juan Pablo II). Los hombres –imágenes de Dios– no pueden relacionarse sólo a base de derechos y deberes, sino también mediante “relaciones de gratuidad, de misericordia y de comunión”.

En suma –y lo que sigue es todo un programa de vida cristiana coherente–: “La caridad manifiesta siempre el amor de Dios también en las relaciones humanas, otorgando valor teologal y salvífico a todo compromiso por la justicia en el mundo”. Con otras palabras: cualquiera que vive la justicia se sitúa ya en la línea de Dios. Puesto que la justicia es un “amor inicial” y quien ama conoce de algún modo a Dios, el que vive la justicia se coloca –al menos germinalmente– en una línea de conocimiento y amor de Dios, y, por tanto, contribuye al bien terreno y eterno de los demás.

Tercero: vivir la justicia exige trabajar por el bien común. “Todo cristiano está llamado a esta caridad, según su vocación y sus posibilidades de incidir en la pólis”, es decir, en la multiforme actividad social, cultural y política. Está bien claro: el servicio al bien común, “como todo compromiso en favor de la justicia, forma parte de ese testimonio de la caridad divina que, actuando en el tiempo, prepara lo eterno”.

Cuarto: en consecuencia, la doctrina social de la Iglesia –que impulsa a la justicia y al bien común– es un servicio a la evangelización, y “ha sido atestiguada por los Santos y por cuantos han dado la vida por Cristo Salvador en el campo de la justicia y la paz”. Más aún, el Evangelio, y con él la caridad que es su corazón, “es la principal fuerza al servicio del desarrollo”.

En otros términos, “el testimonio de la caridad de Cristo mediante obras de justicia, paz y desarrollo forma parte de la evangelización”. El compromiso por la justicia, porque es manifestación necesaria de caridad, es parte, y parte esencial, de la evangelización.

Alguien podría objetar: injusticias las ha habido y probablemente las habrá siempre, y son muchas; ¿de qué sirve entonces apresurarse en remediarlas? Siguiendo su lógica “teo-lógica”, dice la encíclica: es la caridad de Cristo la que nos urge (cf. 2 Co 5, 14), es decir, la verdad de la caridad. Por tanto, “esta urgencia no se debe sólo al estado de cosas, no se deriva solamente de la avalancha de los acontecimientos y problemas, sino de lo que está en juego: la necesidad de alcanzar una auténtica fraternidad”. Brevemente: no es sólo la “crisis” económica actual lo que debe movernos a buscar el bien para todos, sino la coherencia humana y cristiana, la auténtica solidaridad y fraternidad de las que cada cristiano tiene el compromiso expreso de dar testimonio.

Vale la pena reproducir, a este respecto, un texto de Josemaría Escrivá: “Cuando tu egoísmo te aparta del común afán por el bienestar sano y santo de los hombres, cuando te haces calculador y no te conmueves ante las miserias materiales o morales de tus prójimos, me obligas a echarte en cara algo muy fuerte, para que reacciones: si no sientes la bendita fraternidad con tus hermanos los hombres y vives al margen de la gran familia cristiana, eres un pobre inclusero” (Surco, n. 16).

Y así es. El que se encuentra en una inclusa es porque ha sido abandonado, no conoce a su familia, aunque seguramente los que le cuidan intentarán sustituir a la familia que le falta. Y es que quien no tiene familia es un árbol sin raíces. Sin familia no hay desarrollo de la personalidad, ni en el nivel humano ni –mucho menos– en el más pleno nivel de lo cristiano. Los cristianos, familia de Dios, aspiramos a hacer del mundo la familia de los hijos de Dios. ¿Cómo podríamos dejar de “reaccionar” contra el egoísmo cuando disponemos, por la gracia, del don de la caridad, la más grande luz y fuerza para vivir la justicia?

Algunas consecuencias concretas de este vivir la justicia “desde dentro” de la caridad, según la encíclica: respetar la vida en todas sus etapas, cuidar de los pobres y necesitados, esforzarse por reducir las desigualdades sociales, procurar el acceso al trabajo para todos, garantizar la libertad religiosa, abrirse a la gratuidad, promover la solidaridad y la confianza en el mercado económico, situar la finalidad de la economía en el desarrollo de todos, esto es, en el bien común –más allá de los beneficios inmediatos–, teniendo en cuenta también a las generaciones venideras. ¡Todo un programa!

En cualquier caso, la justicia a la realidad de las personas y de las cosas comienza por reconocer que Dios existe y que es el origen del amor. Por eso –señala Benedicto XVI– “el humanismo que excluye a Dios es un humanismo inhumano”. De hecho, “la conciencia del amor indestructible de Dios es la que nos sostiene en el duro y apasionante compromiso por la justicia, por el desarrollo de los pueblos, entre éxitos y fracasos, y en la tarea constante de dar un recto ordenamiento a las realidades humanas”.

Ramiro Pellitero, Instituto Superior de Ciencias Religiosas, Universidad de Navarra
(publicado en www.analisisdigital.com, 12-VII-2010)


domingo, 25 de julio de 2010

Reflexión sobre la ley provincial de “voluntad anticipada”


La Plata (Buenos Aires), 22 Jul. 10 (AICA)



El doctor Juan Carlos Caprile, magíster en Bioética y profesor de la Universidad Católica de La Plata (UCALP), reflexionó sobre la Ley sobre Voluntad Anticipada recientemente sancionada por la Legislatura de la provincia de Buenos Aires, y recordó que “los principios de la bioética indican que no se deben emplear métodos desproporcionados a las perspectivas de mejoría, evitando padecimientos desmesurados, pero siempre se debe administrar la hidratación y alimentación necesarias”.

El médico explicó que “estas prácticas son un apoyo vital científicamente destinados a aliviar los sufrimientos de los pacientes y sin las cuales mueren a causa de las complicaciones ocasionadas por la deshidratación y desnutrición, como una insuficiencia renal y respiratoria que desencadena en un paro cardíaco y muerte”.

Y advirtió que “estos son casos de eutanasia por omisión, un homicidio calificado ejecutado con la participación de varios cómplices lo que demuestra que en la actualidad se han acrecentado los atentados contra la vida humana y todo aquello que viola la integridad y dignidad de las personas”.

Asimismo, opinó que “no se puede considerar a la muerte como un acontecimiento calculado y programado porque se pierde su auténtico significado. Por ello debemos afianzar nuestro compromiso de defender la inviolabilidad de la vida desde la concepción hasta la muerte natural”.

El doctor Caprile sostuvo que “cuando un paciente es incapaz de darle sentido al dolor y a la muerte se considera a sí mismo como algo sin valor e indigno de merecer atravesar por tales circunstancias”.

“Como promotores de la cultura de la vida debemos procurar el reconocimiento del valor trascendente que el ser humano posee por su condición de persona, para que sean respetados todos los momentos de su existencia, incluso la muerte y así sea posible ‘morir con dignidad’”.

Texto de la reflexión


La Legislatura de la provincia de Buenos Aires ha sancionado una Ley al respecto. Los principios de la Bioética indican que no se deben emplear métodos desproporcionados a las perspectivas de mejoría, evitando padecimientos desmesurados, pero siempre se debe administrar la hidratación y alimentación necesarias. Estas prácticas son un apoyo vital científicamente destinados a aliviar los sufrimientos de los pacientes y sin las cuales mueren a causa de las complicaciones ocasionadas por la deshidratación y desnutrición, como una insuficiencia renal y respiratoria que desencadena en un paro cardíaco y muerte.

Estos son casos de Eutanasia por omisión, un homicidio calificado ejecutado con la participación de varios cómplices lo que demuestra que en la actualidad se han acrecentado los atentados contra la vida humana y todo aquello que viola la integridad y dignidad de las Personas.

En la última etapa de la vida, observamos distintas opiniones que tergiversan el auténtico valor de la vida y de la muerte decidiendo arbitrariamente el momento del deceso, justificando la voluntad previa del enfermo, el ejercicio de una presunta piedad ante el dolor del paciente o peor aún por razones utilitarias a los efectos de evitar gastos innecesarios costosos a las obras sociales.

Las decisiones de los pacientes deben ser consideradas a partir de que respete su propia vida y la autonomía moral del médico cuyo oficio no es destruir la vida sino salvarla. En el Juramento Hipocrático el compromiso es ejercer el “Arte de curar” y no “el arte de matar”.

La relación de libertad–responsabilidad entre el paciente y el médico no debe ser concebida en el sentido de que éste sustituya la voluntad del enfermo, pero tampoco que tenga que ser obligatoriamente el ejecutor de la voluntad del paciente respecto a su muerte.

Los actuales adelantos científicos, principalmente los Cuidados Paliativos, otorgan a los integrantes del Equipo de Salud todos los medios necesarios para aliviar los sufrimientos no sólo físicos sino también psíquicos y espirituales de los pacientes, tratando de mantenerlos en una aceptable calidad de vida hasta el momento de su deceso.

No se puede considerar a la muerte como un acontecimiento calculado y programado porque se pierde su auténtico significado. Por ello debemos afianzar nuestro compromiso de “defender la inviolabilidad de la vida desde la concepción hasta la muerte natural”.(S.S. Juan Pablo II).

Cuando un paciente es incapaz de darle sentido al dolor y a la muerte se considera a sí mismo como algo sin valor e indigno de merecer atravesar por tales circunstancias.

Como promotores de la Cultura de la vida debemos procurar el reconocimiento del valor Trascendente que el Ser Humano posee por su condición de Persona, para que sean respetados todos los momentos de su existencia, incluso la muerte y así sea posible “Morir con dignidad”.

Informes: juan.caprile1@speedy.com.ar

domingo, 18 de julio de 2010

El significado de las nuevas "Normas sobre los delitos más graves"

Nota del padre Federico Lombardi


CIUDAD DEL VATICANO, jueves, 15 de julio de 2010 (ZENIT.org).- Publicamos la nota (y una síntesis de la misma) que ha emitido este jueves el padre Federico Lombardi S.I., director de la Oficina de Información de la Santa Sede, sobre el significado de las nuevas "Normas sobre los delitos más graves", que ha publicado en este mismo día la Congregación para la Doctrina de la Fe.




Síntesis de la nota del padre Federico Lombardi S.I.

Las normas del ordenamiento canónico para tratar los delitos de abuso sexual de miembros del clero en relación con menores se han publicado hoy en forma orgánica y actualizada, en un documento que se refiere a todos los delitos que la Iglesia considera excepcionalmente graves y que por lo tanto están sujetos a la competencia del Tribunal de la Congregación para la Doctrina de la Fe: además de los abusos sexuales, se trata de delitos contra la fe y contra los sacramentos de la Eucaristía, la Penitencia y el Orden.

Las normas sobre los abusos sexuales prevén, en particular, procedimientos más rápidos para afrontar con eficacia las situaciones más urgentes y graves, y permiten la inclusión de los laicos en el personal de los tribunales, la prescripción pasa a ser de diez a veinte años, se equipara el abuso de personas con uso de razón limitado al de los menores, se introduce el delito de pedo-pornografía. Se propone la normativa sobre la confidencialidad de los procesos para proteger la dignidad de todas las personas involucradas.

Dado que se trata de normas del ordenamiento canónico, es decir, de competencia de la Iglesia, no tratan el tema de la denuncia a las autoridades civiles. Sin embargo, el cumplimiento de lo previsto por las leyes civiles forma parte de las indicaciones dadas por la Congregación para la Doctrina de la Fe desde las etapas preliminares del trato de los casos de abuso, como demuestran las "Líneas guía" ya publicadas al respecto.

La Congregación para la Doctrina de la Fe también está trabajando en ulteriores indicaciones para los episcopados, de modo que las directrices emanadas por ellos relativas a abusos sexuales de menores por parte del clero o en instituciones relacionadas con la Iglesia, sean cada vez más rigurosas, coherentes y eficaces.

Nota completa del padre Federico Lombardi S.I.


En 2001, el Santo Padre Juan Pablo II promulgó un decreto de importancia capital, el Motu Proprio "Sacramentorum sanctitatis tutela", que atribuía a la Congregación para la Doctrina de la Fe la competencia para tratar y juzgar en el ámbito del ordenamiento canónico una serie de delitos particularmente graves, cuya competencia en precedencia correspondía también a otros dicasterios o no era del todo clara.

El Motu Proprio (la "ley", en sentido estricto), estaba acompañado por una serie de normas aplicativas y de procedimiento denominadas "Normae de gravioribus delictis". La experiencia acumulada en el transcurso de los nueve años sucesivos sugirió la integración y actualización de dichas normas con el fin de agilizar o simplificar los procedimientos, haciéndolos más eficaces, o para tener en cuenta problemáticas nuevas. Este hecho se debió principalmente a la atribución por parte del Papa de nuevas "facultades" a la Congregación para la Doctrina de la Fe que, sin embargo, no se habían incorporado orgánicamente en las "Normas" iniciales. Esta incorporación es la que tiene lugar ahora en el ámbito de una revisión sistemática de dichas "Normas".

Los delitos gravísimos a los que se refería esa normativa atañen a realidades claves para la vida de la Iglesia, es decir a los sacramentos de la Eucaristía y de la Penitencia, pero también a los abusos sexuales cometidos por un clérigo con un menor de 18 años.

La vasta resonancia pública en los últimos años de este tipo de delitos ha sido causa de gran atención y de intenso debate sobre las normas y procedimientos aplicados por la Iglesia para el juicio y el castigo de los mismos.

Por lo tanto, es justo que haya claridad plena sobre la normativa actualmente en vigor en este ámbito y que dicha normativa se presente de forma orgánica para facilitar así la orientación de todos los que se ocupen de estas materias.

Una de las primeras aportaciones para la clarificación -muy útil sobre todo para los que trabajan en el sector de la información- fue la publicación, hace pocos meses, en el sitio Internet de la Santa Sede de una breve "Guía a la comprensión de los procedimientos básicos de la Congregación para la Doctrina de la Fe respecto a las acusaciones de abusos sexuales". Sin embargo, la publicación de las nuevas Normas es diversa ya que presenta un texto jurídico oficial actualizado, válido para toda la Iglesia.

Para facilitar la lectura por parte del público no especializado que se interesa principalmente en la problemática relativa a los abusos sexuales, destacamos algunos aspectos.

Entre las novedades introducidas respecto a las normas precedentes, hay que subrayar ante todo las que tienen como fin que los procedimientos sean más rápidos, así como la posibilidad de no seguir "el camino procesal judicial", sino proceder "por decreto extrajudicial", o la de presentar al Santo Padre, en circunstancias particulares, los casos más graves en vista de la dimisión del estado clerical.

Otra norma encaminada a simplificar problemas precedentes y a tener en cuenta la evolución de la situación en la Iglesia, es la de que sean miembros del tribunal, o abogados o procuradores, no solamente los sacerdotes, sino también los laicos. Análogamente, para desarrollar estas funciones ya no es estrictamente necesario el doctorado en Derecho Canónico. La competencia requerida se puede demostrar de otra forma, por ejemplo con un título de licenciatura.

También hay que resaltar que la prescripción pasa de diez a veinte años, quedando siempre la posibilidad de deroga superado ese periodo.

Es significativa la equiparación a los menores de las personas con uso de razón limitado, y la introducción de una nueva cuestión: la pedo-pornografía, que se define así: "la adquisición, posesión o divulgación" por parte de un miembro del clero "en cualquier modo y con cualquier medio, de imágenes pornográficas que tengan como objeto menores de 14 años".

Se vuelve a proponer la normativa sobre la confidencialidad de los procesos para tutelar la dignidad de todas las personas implicadas.

Un punto al que no se hace referencia, aunque a menudo es objeto de discusión en estos tiempos, tiene que ver con la colaboración con las autoridades civiles. Hay que tener en cuenta que las normas que se publican ahora forman parte del reglamento penal canónico, en sí completo y plenamente distinto del de los Estados.

En este contexto se puede recordar, sin embargo, la "Guía para la comprensión de los procedimientos..." publicada en el sito de la Santa Sede. En esta "Guía", la indicación: "Deben seguirse siempre las disposiciones de la ley civil en materia de información de delitos a las autoridades competentes", se ha incluido en la sección dedicada a los "Procedimientos preliminares". Esto significa que en la praxis propuesta por la Congregación para la Doctrina de la Fe es necesario adecuarse desde el primer momento a las disposiciones de ley vigentes en los diversos países y no a lo largo del procedimiento canónico o sucesivamente.

La publicación de estas normas supone una gran contribución a la claridad y a la certeza del derecho en un campo en el que la Iglesia en estos momentos está muy decidida a actuar con rigor y con transparencia, para responder plenamente a las justas expectativas de tutela de la coherencia moral y de la santidad evangélica que los fieles y la opinión pública nutren hacia ella, y que el Santo Padre ha reafirmado constantemente.

Naturalmente, también son necesarias otras muchas medidas e iniciativas, por parte de diversas instancias eclesiásticas. La Congregación para la Doctrina de la Fe, por su parte, está estudiando cómo ayudar a los episcopados de todo el mundo a formular y poner en práctica con coherencia y eficacia las indicaciones y directrices necesarias para afrontar el problema de los abusos sexuales de menores por parte de miembros del clero o en el ámbito de actividades o instituciones relacionadas con la Iglesia, teniendo en cuenta la situación y los problemas de la sociedad en que trabajan.

Los frutos de las enseñanzas y de las reflexiones maduradas a lo largo del doloroso caso de la "crisis" debida a los abusos sexuales por parte de miembros del clero serán un paso crucial en el camino de la Iglesia que deberá traducirlas en praxis permanente y ser siempre consciente de ellas.

Para completar este breve repaso de las principales novedades contenidas en las "Normas", también hay que citar las relativas a delitos de otra naturaleza. De hecho, también en estos casos, no se trata tanto de determinaciones nuevas en la sustancia, sino de incluir normas ya en vigor, a fin de obtener una normativa completa más ordenada y orgánica sobre los "delitos más graves" reservados a la Congregación para la Doctrina de la Fe.

Más concretamente, se han incluido: los delitos contra la fe (herejía, apostasía y cisma), para los cuales son normalmente competentes los ordinarios, pero la Congregación es competente en caso de apelación; la divulgación y grabación -realizadas maliciosamente- de las confesiones sacramentales, sobre las que ya se había emitido un decreto de condena en 1988; la ordenación de las mujeres, sobre la cual también existía un decreto de 2007.

domingo, 11 de julio de 2010

Los verdaderos ganadores del juego de azar


Un informe pide reformas


ROMA, domingo, 11 julio 2010 (ZENIT.org).-

Una persona afortunada acaba de ganar 50 millones de dólares a la lotería en Canadá, pero mientras algunos ganan sigue habiendo preocupación por el impacto social del juego.

Un ejemplo es el prolongado debate en el senado estatal de Massachusetts sobre una propuesta para permitir tres casinos en el estado. Quienes apoyan la ley defienden que los casinos crearán puestos de trabajo y evitarán que los habitantes locales se desplacen a otros estados para gastar su dinero, informaba el 23 de junio el Boston Globe.

Los críticos, sin embargo, están preocupados por los jugadores problemáticos y por otros efectos secundarios como el crimen y el abuso de drogas. Tras siete días de debate sobre la propuesta la presidenta del senado, Therese Murray, declaró que no se permitirían más retrasos, informó el 30 de junio el Boston Herald.

La votación tuvo lugar la noche del 1 de julio y el senado aprobó los tres casinos, informaba al día siguiente el Boston Globe. Lo que queda ahora es reconciliar la versión de la ley del senado con la de la cámara de representantes que ha aprobado su propia legislación de casinos en abril.

Aunque los jugadores son engañados por la tentación del dinero fácil, un artículo publicado antes del premio de la lotería canadiense llamaba la atención de los lectores sobre las improbables opciones de ganar.

El 4 de junio, el premio de la lotería Lotto Max llegó hasta los 50 millones de dólares después de que no hubiera ganador. De nuevo nadie ganó, pero los canadienses se gastaron 60 millones de dólares en billetes de lotería, señalaba el periódico National Post el 24 de junio.

Una semana antes de que el afortunado ganador se llevara el premio, se gastaron otros 124 millones de dólares más en billetes de lotería en otros intentos vanos de ganar.

El artículo explicaba que el poseedor de un billete de lotería tiene una oportunidad entre 620.000 de ganar un segundo premio, y una entre 28 millones de ganar el premio gordo.

Los matemáticos citados en el artículo decían que había más probabilidades de ser alcanzado por un rayo tres veces a lo largo de la vida que ganar el premio, o sacar 25 veces seguidas cara al arrojar una moneda.

Los verdaderos ganadores

Los únicos y verdaderos ganadores del juego son los gobiernos y quienes gestionan los negocios. Con respecto a los gobiernos, el Wall Street Journal comentaba en un artículo el 11 de mayo que la recesión ha forzado a los gobiernos estatales - enfrentados a déficits de record - a volverse hacia los vicios que generan ingresos.

En Ohio, tras años de oposición al juego, se abría la puerta con un casino que sustituirá a una planta automovilística. Por su parte, Oakland, en California, ha comenzado a cobrar impuestos sobre la marihuana médica y otros estados están considerando si legalizar la venta de hierba. Otros han suavizado las leyes que restringen la venta de alcohol en domingo. Según el Journal, cerca de una docena de estados han debatido recientemente o aprobado quitar las restricciones al juego.

Después están los clubs y los casinos. Un artículo publicado el 10 de marzo en el periódico Sydney Morning Herald describía la situación de Australia.

Los clubs del estado más poblado de Nueva Gales del Sur han admitido que casi 800 millones de dólares de sus ingresos anuales, cerca del 40% de sus ingresos por las máquinas de póker, podrían provenir de jugadores problemáticos, afirmaba el artículo.

La preocupación por los efectos del juego llevó a un estudio de la Australian Productivity Commission, que fue hecho público por el gobierno federal el 23 de junio.

Los australianos siempre han sido aficionados al juego pero, como explicaba el informe, la liberalización de las leyes en los años noventa llevó a un rápido aumento de las oportunidades de apostar.

De hecho, el gasto total (pérdidas) registrado en Australia alcanzó poco más de los 19.000 millones de dólares en el 2008-09, es decir una media de 1.500 dólares por cada adulto que jugó.

Según el informe, para una población de poco más de 21 millones de personas en todo el país, 5.700 hoteles y clubes proporcionan oportunidades de jugar. De igual forma, hay 4.500 terminales, en las que la gente puede apostar a las carreras y a los deportes. Hay además 4.700 establecimientos de lotería y 13 casinos.

Los cambios que siguieron a la relajación de la ley dieron como resultado que el porcentaje de gastos de las máquinas de juego y de los casinos subiera del 40% en 1986-87 hasta el 75% en el 2006-07. Había 198.300 máquinas de juego (EGM) en Australia 2009, con 97.065 de ellas en Nueva Gales del Sur.

Fuente de ingresos

La importancia del juego como fuente de ingresos es claramente evidente por los datos publicados en el informe. Los hoteles reciben el 28% de sus ingresos del juego, los clubs el 61%, y los casinos el 78%.

Los ingresos anuales por cada EGM fueron de cerca de 59.700 dólares en el 2008-09. Las pérdidas anuales por cada jugador de estas máquinas fueron de una media de 3.700 dólares en Nueva Gales del Sur, 3.100 en Victoria y 1.800 en Queensland.

El aumento del juego ha supuesto unos ingresos inesperados para los gobiernos ya hora confían en él como un gran fuente de ingresos. Los ingresos estatales por impuestos al juego fueron de 5.000 millones de dólares en el 2008-09 - un 10% de todos los ingresos por impuestos del estado. El estado de Victoria tiene la dependencia más alta de estos impuestos, con un 13%.

Cuando se trata de los problemas causados por el juego, el informe mantenía que la mayoría de la gente lo utiliza como una agradable relajación y que muchas formas de juego no plantean grandes riesgos.

No obstante hay una considerable inquietud por la gente que juega de modo regular en las máquinas de póker. Las máquinas de juego suman el 62% de todo el gasto en juego. Según el informe, cerca de 600.000 adultos juegan al menos una vez a la semana. Los datos varían, pero las encuestas muestran que cerca del 15% de ellos - 95.000 personas - son jugadores con problemas.

Se estima que esto alcanza a un porcentaje del 0,7% al 1,7% de toda la población adulta. Esto puede parecer algo de lo que no hay que preocuparse, y de hecho el informe observa que algunos en la industria del juego utilizan esto como argumento de que es un tema de poca importancia.

Pero no es tan trivial, mantenía el informe, cuando se pone en su contexto. Sólo cerca de un 0,15% de la población ingresan en un hospital cada año por accidentes de tráfico y se estima que cerca del 0,2% de la población ha consumido heroína en el último año. "Los porcentajes pequeños de población no significan problemas pequeños para la sociedad", aseveraba la comisión.

Efectos colaterales

Según el informe, los daños causados por los problemas con el juego incluyen suicidio, depresión, ruptura de relaciones, menor productividad laboral, pérdidas de empleo, bancarrota, y crimen.

Los resultados de una encuesta del 2008 muestran que el juego es la motivación más común para el fraude y que la media de pérdidas por delito fue de 1,1 millones de dólares.

Además está lo que el informe denomina "efectos onda" del juego problemático. Por cada jugador con problemas se ven afectadas otras personas, desde los miembros de su familia hasta sus amigos y colegas.

Un estudio reciente llevado a cabo en el estado de Tasmania dio como resultado que la mitad de los encuestados dijo que conocía personalmente a alguien que había sufrido problemas con el juego.

Cuando se trata de poner un valor monetario a los problemas del juego, resulta difícil de cuantificar, admite el informe. Sin embargo, estimaciones conservadores ponen este coste en varios miles de millones de dólares al año.

El informe reconocía que en la última década los gobiernos han introducido reglamentaciones que reducen el impacto negativo del juego. Al mismo tiempo, la comisión pedía una política más coherente y eficaz.

Entre las medidas sugeridas por el documento estaba el reducir la velocidad con que operan las máquinas de juego. Si juegan a alta velocidad es posible perder hasta 1.500 dólares en una hora.

Otros pasos que podrían mejorar este tema es limitar la cantidad de efectivo que pueden echar los jugadores a las máquinas en cada ocasión, y también bajar el límite de lo que se puede apostar en cada ocasión.

Quitar máquinas de las pistas de juego e imponer un límite diario a la retirada de fondos en los lugares de juego también ayudaría a algunos jugadores, añadía el informe.

Los ingresos por el juego tientan a los gobierno como una solución fácil para reducir el déficit presupuestario, pero a un alto coste para muchas familias y para la sociedad en su conjunto.

Por el padre John Flynn, L. C., traducción de Justo Amado

sábado, 3 de julio de 2010

Caída del agnosticismo haría de éste el “siglo de las religiones”, según estudio


MADRID, 02 Jul. 10 / 04:34 am (ACI)

El Atlas del Cristianismo Global, editado por la Edinburgh University Press, pronosticó que para el año 2050 el agnosticismo retrocedería del actual 9,3 al 6,1 por ciento de la población mundial, lo que convertiría al siglo XXI en el “siglo de las religiones”.

El estudio ha sido promovido por la Conferencia Misionera Mundial de Edimburgo que se desarrolla en Escocia para conmemorar el centenario del primer gran encuentro misionero interconfesional de 1910.

Según el diario español La Razón, esta investigación señala que para esa fecha los cristianos seguirán siendo la tercera parte de la población mundial, pasando del 33,2 al 35 por ciento. De una probable población de nueve mil 200 millones –indica-, los cristianos serán tres mil 200 millones.

Sin embargo, explicó que “el amplio crecimiento de los cristianos en el sur del mundo ha sido equilibrada por la caída en los países de antigua raíz cristiana, con el resultado de que –exactamente como hace un siglo– dos tercios de la humanidad siguen siendo no cristianos”.Así, añadió La Razón, en 2050 “casi el 74 por ciento de los cristianos podría vivir entre América del Sur, África, Asia y Oceanía”.

Señaló que “el verdadero salto adelante lo dará el islam, que con casi 2.500 millones de fieles alcanzará el 27 por ciento de la población mundial”. Actualmente los musulmanes son el 22,4 por ciento de la población mundial y en 1910 eran el 12,6 por ciento.En la actualidad, los hindúes son el 13,7 por ciento, los agnósticos el 9,3 por ciento, los budistas el 6,8 por ciento, los fieles de las religiones tradicionales chinas eran el 6,6 por ciento y los judíos apenas el 0,2 por ciento.